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Fondo de Mejoramiento del Patrimonio Sanitario |
Objetivo |
Contribuir con el desarrollo productivo de la agricultura nacional,
mediante el apoyo financiero a iniciativas privadas de proyectos
destinados al mejoramiento del estado de los recursos silvoagropecuarios. |
Descripción |
Este instrumento es un fondo concursable que opera por la vía
del cofinanciamiento de iniciativas que procuren mejorar la
condición de los recursos silvoagropecuarios de nuestro país.
Las propuestas de proyectos deben estar enmarcadas dentro de
las siguientes áreas estratégicas:
- Control y erradicación de plagas cuarentenarias, vigilancia y
defensa del patrimonio sanitario agrícola.
- Defensa, vigilancia, control y erradicación de enfermedades
que afecten el patrimonio sanitario pecuario.
- Manejo sustentable de los recursos naturales y fomento de
prácticas agropecuarias de producción limpia.
- Reducción de los niveles de degradación de suelos y aguas
relacionados con la producción silvoagropecuaria y la vida
silvestre.
- Desarrollo de denominaciones de origen e indicaciones
geográficas.
- Protección y mejoramiento del recurso genético, su adecuación
ecosistémica y biodiversidad.
- Inocuidad de alimentos.
En las Bases Generales de cada concurso se señalan los ámbitos de acción o temas específicos de cada área estratégica que se
consideran en ese preciso concurso.
Estos proyectos podrán desarrollarse hasta en un plazo máximo
de cuatro años. En caso de exceder de un año, el proyecto deberá
desarrollarse en etapas anuales, debiendo cada etapa cumplir
un determinado resultado. Al término de cada una de ellas el
SAG hará una evaluación del proyecto y de su sustentabilidad.
El Fondo financia hasta el 70% de los costos totales del proyecto,
con un aporte máximo anual por proyecto de $ 75 millones; el
saldo debe ser financiado con recursos del Agente Adjudicado.
Los proyectos podrán considerar los siguientes ítem financiables:
recursos humanos, viáticos, insumos y suministros, mantención
y reparaciones, servicios de terceros, pasajes y traslados,
capacitación, maquinarias y equipos, vehículos, sistemas
informáticos, uso de bienes de capital, gastos de administración.
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Beneficiarios |
Podrán concursar al Fondo las personas naturales o jurídicas de
derecho privado interesadas en postular, por sí o representadas
por terceros, en el desarrollo de proyectos que contribuyan al
mejoramiento de la condición de los recursos silvoagropecuarios
del país. En cada concurso público, cada persona natural o
jurídica puede postular con un máximo de 3 proyectos.
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Requisitos |
El Director Nacional del SAG junto con el Consejo Asesor del
Fondo deciden el programa de concursos a que se llamará durante el año calendario y la focalización de los recursos disponibles.
Para acceder a este beneficio, los interesados deben concursar
en el llamado público que realiza el SAG para adjudicar estos
recursos.
La selección de los mejores proyectos en concurso se decide a
través de un proceso de evaluación que considera los siguientes
factores y ponderadores:
Factores |
Ponderación
(%)
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1. Calidad Técnica del proyecto
2. Evaluación Global de impacto
3. Capacidad del Postulante
4. Aporte del Postulante |
30
30
25
15
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TOTAL |
100
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Adjudicación y ejecución |
Para formalizar la adjudicación y ejecución de un proyecto con
aporte del fondo, ambas partes firman un contrato, para lo cual
el postulante favorecido debe presentar garantías de fiel
cumplimiento (10% de la primera etapa anual).
Los proyectos en ejecución son supervisados por personal del
SAG, designándose un supervisor técnico y un revisor contable.
Para la entrega de los recursos el adjudicado deberá presentar
garantías por el 100% de los recursos entregados, las que se
liberan una vez aprobado el informe técnico y financiero del
período.
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