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Servicio de asesoría técnica predial (SAT predial) |
Objetivo |
Desarrollar las capacidades técnico-productivas y de gestión
empresarial de los usuarios, con el propósito de contribuir al
mejoramiento de la competitividad e ingresos agropecuarios de
sus explotaciones. Ello implica ampliar el patrimonio tecnológico
de las explotaciones, para posibilitar la generación de productos
con costos y calidades acordes con las exigencias de los mercados. |
Descripción |
El SAT predial se estructura sobre la base de dos componentes:
un Servicio Base y un Bono de Complemento.
- A través del SERVICIO BASE, INDAP entrega un subsidio anual
de hasta 11 UF por cada familia usuaria para la contratación
de Asesorías Técnicas en los siguientes ámbitos:
- Asesoría Técnica en producción primaria, con el objeto de
mejorar e innovar la tecnología usada para la producción de
cultivos, plantaciones y ganadería.
- Asesoría Técnica en gestión predial, con el objeto de planificar
el predio y determinar costos e ingresos de los diferentes
rubros productivos de la explotación.
- Apoyo a la articulación con otros servicios de fomento
productivo (Servicios de Información Técnica y Comercial,
Programa Red Prorrubro; Servicio de Asesorías a la Gestión
de Empresas Asociativas; Servicios y Programas de Fomento
a las Inversiones; Servicios de Crédito de INDAP, y servicios
de otras instituciones públicas o privadas).
Estos servicios de asesoría se organizan a base de unidades
operativas constituidas por varios grupos de productores que
están ubicados en un área cercana y son atendidos por un mismo
consultor. Cada grupo tiene un plan de trabajo propuesto por el
consultor y aprobado por los productores. Este plan de trabajo
define los temas a trabajar durante el año y las actividades que
realizarán: reuniones grupales, visitas a los predios de los
productores, giras técnicas y unidades demostrativas, entre otras.
Cada grupo debe elegir un Comité de Control Social, el que es
responsable de hacer seguimiento a las asesorías y evaluar los
resultados anuales y la calidad de la empresa consultora.
- El BONO DE COMPLEMENTO es un subsidio de naturaleza
postulable, con un monto máximo anual de 3 UF adicionales
por productor. Está destinado a financiar acciones que
complementan el Servicio Base, en aquellas situaciones en
que, por la naturaleza de las actividades productivas que
realizan los productores, se requiere de una atención con
mayor nivel de especialización y/o una atención más intensiva
que la que es posible brindar a través del Servicio Base.
Durante la temporada 2002-2003, este Bono sólo estará
disponible entre la IV y la IX Región del país, y al interior de
éstas, en aquellas áreas territoriales y/o rubros productivos
que sean priorizados por cada Región. En este contexto, el
Bono de Complemento financia:
- Asesoría especializada en producción primaria : para apoyar
un rubro o una tecnología nueva que se quiere introducir.
- Asesoría especializada en riego: para apoyar, por ejemplo, el
diagnóstico de riego de un grupo de productores o para definir
la solución tecnológica de riego. En otros casos puede servir
para apoyar la puesta en marcha de una obra de riego
financiada por la Ley de Riego o por recursos directos de
INDAP.
- Asesoría especializada en gestión predial: para apoyar por
ejemplo, el análisis económico de un rubro o de los predios
de un grupo de productores.
- Asesoría en desarrollo de la asociatividad: para apoyar con
expertos los estados iniciales de una iniciativa grupal para
hacer gestión conjunta frente a una oportunidad de negocio.
- Apoyo técnico complementario: para reforzar la atención del
Servicio Base en rubros altamente exigentes, en momentos
críticos del ciclo productivo.
Las Asesorías del SAT predial son entregadas por consultores
privados quienes deben estar inscritos en la Lista de Consultores
de INDAP y cumplir con un conjunto de condiciones
preestablecidas. La selección de estos consultores se realiza,
conforme a la decisión de los usuarios, a través de tres modalidades
alternativas: Asignación Directa, Concurso por Invitación o
Licitación Pública.
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Beneficiarios y Requisitos |
- Ser pequeño productor agrícola de acuerdo a lo estipulado
en la Ley Orgánica de INDAP: esto es explotar una superficie
no superior a las 12 hectáreas básicas de Riego, poseer activos
que no superen el equivalente a 3.500 UF, tener un ingreso
que provenga principalmente de la explotación agrícola y
trabajar directamente la tierra, cualquiera sea su régimen de
tenencia.
- Contar con un potencial que permita sustentar su desarrollo
económico a través de la actividad agropecuaria por cuenta
propia.
- Solicitar formalmente el servicio.
- Participar en la selección del consultor.
- Suscribir, a través de sus representantes, un contrato para la
prestación de servicio por parte del consultor.
- Aportar al cofinanciamiento del servicio, al menos 2 UF por
año.
- Participar en el control social y en la evaluación de los
resultados anuales del servicio.
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Fecha y lugar de postulación |
- Los productores interesados en postular deben concurrir a la
oficina de INDAP más cercana a su domicilio y manifestar su
interés en recibir asesoría técnica predial durante la temporada
siguiente.
- El período de ejecución de este servicio es entre el 1° de
mayo de cada año y el 30 de abril del año siguiente.
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