Subsidio siniestralidad |
Objetivo |
El Subsidio de Siniestralidad es una bonificación del Estado de
Chile, a la que pueden acceder los usuarios de créditos corrientes
y básicos y créditos a organiza-ciones, cuyas inversiones efectuadas
con créditos otorgados por INDAP han sido afectadas por siniestros
de origen físico o biológico que escapan a su control.
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Criterios de aplicación |
- El Subsidio de Siniestralidad se concede para enfrentar daños
causados por siniestros de origen físico (por ejemplo, sequías,
heladas, inundaciones, erupciones volcánicas, nevazones,
incendios, avalanchas, etc.) y biológico (por ejemplo, plagas
y enfermedades que afectan generalizada o epidémicamente
a un rubro y/o a toda una zona geográfica).
- Está destinado a aquellos usuarios de créditos del INDAP que
por diversas causales no tienen acceso al seguro agrícola y para aquellos usuarios cuyos créditos fueron entregados antes
de la puesta en vigencia de dicho seguro.
- Este Subsidio está orientado a devolver a los usuarios afectados
una parte de los gastos directos en que incurrieron para
establecer el cultivo dañado, financiados con créditos del
INDAP.
- El monto del subsidio que se aplica a los créditos siniestrados
se determina en forma individual, a partir de un análisis caso
a caso, privilegiando con esta bonificación a los usuarios de
más escasos recursos y a aquellos que han sufrido mayores
pérdidas como consecuencia de los siniestros.
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Procedimientos |
Producido un siniestro agrícola, el Jefe de Área solicita al Director
Regional la aceptación y formalización de su existencia, para lo
cual debe proporcionarle la siguiente información básica:
- Tipo y naturaleza del siniestro agrícola y fecha de su ocurrencia.
- Comunas y sectores incluidos en la zona del siniestro
- Rubros o actividades específicas afectadas por el siniestro.
- Estimación del número de usuarios y superficie afectada.
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Montos propuestos para subsidio |
Comprobada la existencia del siniestro, el Director Regional solicita al Director Nacional la dictación de la Resolución que le autorice para aplicar el subsidio en los sectores afectados y le asigne los recursos necesarios.
Finalmente, contando con la aprobación del Director Nacional, los subsidios son aprobados mediante Resolución Exenta del Director Regional, sobre la base de las solicitudes y antecedentes presentados por el Area respectiva para cada usuario. |