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Esta modificación constituye una oportunidad para todos los productores y productoras nacionales de incrementar la competitividad de sus productos en el mercado nacional e internacional, empleando todas las menciones de calidad, que para tal efecto, faculta la normativa vigente en materia de vinos con D.O.
El Decreto N°464 de la Ley 18.455, el cual fue promulgado el año 1994, establece zonificación vitícola y fija normas para su utilización (https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=13601).
Actualmente, el Ministerio de Agricultura está trabajando en una modificación al Decreto N°464, donde se incluirán 40 variedades con aptitud vinífera que tienen expresión en el catastro vitícola del SAG y que se encuentran vinculadas con la zonificación vitícola. Estas variedades se incorporarán en el artículo 3, letra b) del Decreto N° 464.
Se mantendrá la Denominación de Origen (D.O.) especial Secano Interior del artículo 3 bis. para las cepas País y Cinsault. De manera complementaria estas cepas se incorporan en el artículo 3, letra b) del Decreto N° 464.
Esta modificación constituye una oportunidad para todos los productores y productoras nacionales de incrementar la competitividad de sus productos en el mercado nacional e internacional, empleando todas las menciones de calidad, que para tal efecto, faculta la normativa vigente en materia de vinos con D.O.
El periodo de consulta pública se extenderá hasta el 16 de diciembre del presente.
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