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María Emilia Undurraga, Directora de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa), tiene el agrado de invitar a usted a la Cuenta Pública Participativa 2019. Donde haremos un balance de las políticas desarrolladas y de los objetivos estratégicos de nuestra institución.

El evento se realizará vía online y transmitirá el lunes 18 de mayo de 2020 a las 11.00 hrs.

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El Acuerdo de París. Acuerdo universal vinculante sobre cambio climático

Inicio Publicaciones Noticias Noticias institucionales El Acuerdo de París. Acuerdo universal vinculante sobre cambio climático
Autor: Alejandra Aguilar Gorodecki
Fecha de publicación: 18 diciembre, 2015
Categorías: Noticias institucionales

El día 11 de diciembre de 2015 los 195 países que forman parte de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC), después de dos décadas de negociaciones, firmaron el Acuerdo de Paris. Acuerdo universal vinculante sobre cambio climático donde las partes se comprometen a limitar el aumento de temperatura del planeta bajo los 2°C para fin de siglo respecto a la era preindustrial.

Este acuerdo reconoce que el cambio climático existe, que el aumento de la temperatura global es responsabilidad antropogénica y establece medidas para combatirlas. Además, fija lineamientos de flujos de financiamiento para apoyar acciones de los países hacia sendas de desarrollo bajas en carbono.

El plazo que tienen los países para firmar y ratificar este acuerdo se cumple en abril del año 2017. El Acuerdo necesitará la firma de un número de países que como mínimo generen el 55% de las emisiones globales para entrar en vigor. El plazo para su firma y ratificación por parte de las naciones será entre el 22 de abril de 2016  y el 21 de abril de 2017.

Se establecen mecanismos de revisión de los compromisos cada cinco años, y otras herramientas que hacen referencia a presentación de inventarios nacionales de gases con efecto invernadero que deberán medirse, reportarse y ser verificables.

Entre los principales compromisos está la financiación, los países deberán movilizar conjuntamente 100.000 millones de dólares anuales para implementar medidas que ayuden a mitigar el cambio climático. Además, se solicitó a los científicos del IPCC (Panel Intergubernamental de expertos en cambio climático de la Naciones Unidas) que elaboren un informe de los impactos del calentamiento global para el año 2018.

El texto entraría en vigor el año 2020, sin embargo su implementación y los mecanismos que regirán su accionar se negociarán durante los años venideros (2016-2020).

A través de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (INDC) los países expresaron sus compromisos sectoriales, que en el caso de Chile, se establecieron los siguientes:

Compromisos en el pilar de mitigación del INDC:

a)     Chile se compromete al manejo sustentable y recuperación de 100.000 hectáreas de bosque, principalmente nativo, que representará capturas y reducción de Gases de Efecto Invernadero en alrededor de 600.000 toneladas de CO2 equivalente anuales, a partir del 2030. Este compromiso está condicionado a la aprobación de modificaciones de la Ley sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal.

b)     Chile se compromete a forestar 100.000 hectáreas, en su mayoría con especies nativas, que representarán capturas de entre 900.000 y 1.200.000 toneladas de CO2 equivalente anuales, a partir del 2030. Este compromiso está condicionado a la prórroga del Decreto Ley 701 y a la aprobación de una nueva Ley de Fomento Forestal.

 Compromisos en el pilar de adaptación del INDC :

 A partir del año 2021, Chile tiene como propósito:

a)        Iniciar un segundo ciclo de planes sectoriales de adaptación al Cambio Climático, sobre la base de la experiencia obtenida a la fecha.

b)        Fortalecimiento del marco institucional de la adaptación en Chile.

c)         Preparación de métricas y mecanismos de medición de los planes sectoriales.

 

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