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Durante el mes de junio de 2003 han ocurrido hechos de importancia que tienen una directa relación con la política agraria nacional. Entre los más destacables figuran la reforma de la política agraria de la Unión Europea, el ingreso al Parlamento del proyecto de ley sobre las bandas de precios y la mayor trascendencia que ha adquirido la política para el uso de plaguicidas agrícolas en Chile, entre otros.
Reforma de la Política Agrícola Común (PAC)
El pasado 26 de junio, los Ministros de Agricultura de la Unión Europea (UE) acordaron modificar la política agrícola. Esta reforma es la de mayor envergadura en los últimos 50 años, tanto por los nuevos objetivos fijados como por los recursos involucrados, lo que constituye un cambio en la forma de apoyar al sector agrícola y un avance en la reducción de los enormes recursos con que la UE subsidia a sus agricultores, estimados en unos 43 mil millones de euros (US$ 50 mil millones).
Esta nueva PAC tendrá como centro a los consumidores y a los contribuyentes, y dará a los agricultores europeos libertad para producir lo que el mercado demande, ofreciéndoles estabilidad en las rentas. En el futuro, la gran mayoría de los subsidios se pagarán independientemente de cuál sea el volumen de producción. Como una manera de impedir que se abandone la actividad productiva, los estados miembros podrán mantener una vinculación limitada entre los subsidios y la producción, bajo condiciones bien definidas y dentro de límites claramente establecidos. Estos nuevos «subsidios únicos por explotación» estarán vinculados al respeto al medio ambiente, a la seguridad de los alimentos y a normas sobre el bienestar animal. El Consejo de Ministros acordó también revisar las disposiciones sobre leche, arroz, cereales, trigo duro, forrajes secos y frutos de cáscara.
Los diferentes aspectos de esta reforma entrarán en vigencia en los años 2004 y 2005. Los «subsidios únicos por explotación» regirán a partir de 2005. Si algún Estado Miembro necesita de un período de transición, por las condiciones específicas de su agricultura, esta norma podrá aplicarse en el año 2007, a más tardar.
Esta disminución del proteccionismo agrícola en la UE será analizada en forma detallada, para determinar los posibles efectos sobre la política agrícola de nuestro país.
Proyecto de ley sobre las bandas de precios
El pasado 18 de junio ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley que modifica las bandas de precios para azúcar, trigo y oleaginosas. Esta propuesta se origina, por una parte, por la resolución de la Organización Mundial de Comercio (OMC), en el sentido de hacer más transparente este mecanismo para los casos de trigo y de aceite, adaptándolo a las normas del comercio internacional, y, por otra, para dar sustentabilidad a la producción nacional de azúcar y remolacha, ya que el valor piso de la banda de precios caería, en forma importante, a partir del próximo año.
Las principales características de este proyecto de ley son: elimina definitivamente la banda para el aceite vegetal comestible y las semillas de oleaginosas; define explícitamente los mercados de referencia que se utilizan para el cálculo de la banda; determina que la facultad del Presidente de la República de establecer derechos específicos y rebajas de arancel expirará en el año 2014. En el caso del trigo, se establecerán derechos específicos cuando el precio de referencia sea inferior al valor piso de US$ 128 por tonelada, rebajas arancelarias cuando el precio de referencia sea superior al valor techo de US$ 148 por tonelada y, además, a partir del año 2008, tanto el valor piso como el techo serán reducidos a un ritmo de 1,5% anual. En el caso del azúcar, los derechos específicos se establecerán cuando el precio de referencia sea inferior al valor piso de US$ 310 por tonelada y las rebajas arancelarias cuando el precio de referencia sea superior al valor techo de US$ 339 por tonelada. La reducción de los valores piso y techo del azúcar será de un 3% anual entre 2008 y 2011 y de un 5% anual en el último período. Por otra parte, se establece que el azúcar importada con adición de uno o más ingredientes, deberá clasificarse en la partida correspondiente de dicho capítulo, siempre que el contenido de tales adiciones no altere el carácter de azúcar propiamente tal y que la proporción de azúcar sea superior a 90 por ciento.
Esta propuesta debería discutirse durante la primera semana de julio.
Política para la aplicación de plaguicidas
Esta política ha adquirido una gran importancia durante el último año, debido a que se han elevado los estándares y exigencias que la componen. Se basa en la capacitación de profesionales, técnicos agrícolas, operarios, temporeros y agricultores en general para lograr un buen uso y aplicación de plaguicidas agrícolas, con el objeto de cautelar la salud de quienes realizan las aplicaciones de estos productos y de la población en general, y favorecer las buenas prácticas agrícolas, la producción limpia y la calidad de los productos que se colocan en los mercados nacionales e internacionales.
Para llevar a la práctica estos propósitos, el SAG, que es la institución encargada de normar estos productos y su aplicación, dictó a mediados del año 2002 la resolución exenta N° 2.147, que instruye sobre el reconocimiento de los aplicadores de plaguicidas. En ésta se establece que serán reconocidos como tales quienes aprueben los cursos de capacitación en el buen uso y aplicación de plaguicidas que se dicten y que cuenten con la aprobación del SAG.
La temática y los programas de estos cursos serán definidos por el SAG y el reconocimiento tendrá una vigencia de 5 años y se renovará mediante un curso de actualización de conocimientos de acuerdo con los avances que se hayan experimentado en el ámbito de los plaguicidas durante el período de vigencia del reconocimiento.
Para la realización de estos cursos de capacitación, el SAG cuenta con un convenio con el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). Es importante destacar que en la actualidad estos cursos se encuentran en plena ejecución en diversas regiones del país y quienes los aprueban obtienen sus credenciales como aplicadores de plaguicidas, con lo cual son reconocidos por el SAG como operarios entrenados y capacitados en el uso y manejo de estos productos.