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Debido a la contingencia nacional, por la pandemia del COVID-19, informamos que para efectuar las consultas se encuentra disponible el formulario del Sistema Integral de Atención Ciudadano (SIAC), en el enlace "Contáctenos". Las oficinas de atención presencial y el fono línea 800 no están operativos.

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INVITACIÓN

María Emilia Undurraga, Directora de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa), tiene el agrado de invitar a usted a la Cuenta Pública Participativa 2019. Donde haremos un balance de las políticas desarrolladas y de los objetivos estratégicos de nuestra institución.

El evento se realizará vía online y transmitirá el lunes 18 de mayo de 2020 a las 11.00 hrs.

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Perú impuso nuevos impuestos a exportaciones agropecuarias chilenas

Inicio Publicaciones Noticias Noticias institucionales Perú impuso nuevos impuestos a exportaciones agropecuarias chilenas
Autor: Raúl Amunátegui
Fecha de publicación: 22 abril, 2002
Categorías: Noticias institucionales

La Dirección Económica de la Cancillería (DIRECON) anunció la decisión del Gobierno de recurrir en lo inmediato ante la Organización Mundial de Comercio (OMC), para solicitar consultas formales a Perú respecto de la aplicación del Impuesto General a las Ventas (IGV) que interpuso dicho país en contra de un conjunto de exportaciones chilenas, especialmente frutícolas como uva de mesa, manzanas y duraznos. Cabe consignar que del volumen exportado de frutas en 2001, Perú junto a Venezuela fueron los principales compradores.

El impuesto aplicado por el gobierno peruano alcanza a una tasa de 18% y es el símil del IVA nacional. Fue publicado como Ley el 29 de diciembre de 2001 y además de las frutas afecta a las hortalizas, cereales, té y leche importados ya que los productos de origen nacional continuarán excentos del pago del IGV, por lo que constituye una discriminación abierta contra los productos importados en favor de los productos nacionales.
De acuerdo a lo expresado por la Cancillería, la decisión se adoptó luego que fracasaran las gestiones directas realizadas con las autoridades peruanas. El cambio en el régimen tributario adoptado por Perú es una violación a los compromisos bilaterales expresados en el artículo 19 del ACE 38 y a los multilaterales suscritos ante la OMC, en especial el artículo tercero del GATT.

Junto a lo anterior, el Gobierno pedirá consultas adicionales a las autoridades peruanas respecto del anuncio hecho por el Ministerio de Agricultura de Perú, referidas a la futura imposición de normas técnicas y sanitarias adicionales para la importación de fruta chilena.

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